El intendente de Ushuaia, Walter Vuoto, criticó duramente la sanción de la ley que modifica el régimen de Zona Fría y advirtió que los cambios aprobados por el Senado podrían trasladarse a las facturas de los usuarios de la provincia.
“El Senado votó un recorte que los fueguinos vamos a pagar en cada boleta”, sostuvo a través de una publicación en X luego de que la iniciativa fuera convertida en ley con 38 votos afirmativos y 8 negativos.
En ese sentido, el jefe comunal puso el foco en las condiciones climáticas de la ciudad y el uso intensivo del gas para calefacción.
“En Ushuaia calefaccionamos casi todo el año: acá el gas no es un lujo, es condición para vivir”, sentenció.
Asimismo, cuestionó particularmente la modificación en el mecanismo para determinar el beneficio. “Cambiar el cálculo del subsidio es un ajuste encubierto y nadie sabe cuánto costará el próximo invierno”, alertó.
Es necesario aclarar que en cuanto a la representación provincial en el Senado Agustín Coto y Belén Monte de Oca (La Libertad Avanza) votaron a favor del proyecto. Mientras que Cristina López y el resto de los legisladores de Unión por la Patria se retiraron del recinto y no participaron de la votación.
QUÉ CAMBIA PARA TIERRA DEL FUEGO
La sanción de la ley mantiene a Tierra del Fuego dentro del esquema de Zona Fría, al igual que a las demás provincias patagónicas, Malargüe y la Puna. Sin embargo, la nueva norma modifica el mecanismo mediante el cual se determina el beneficio que reciben los usuarios residenciales.
Hasta ahora, el beneficio para los usuarios alcanzados se aplica sobre distintos componentes vinculados con la prestación del servicio. La reforma modifica esa composición y orienta la bonificación del Fondo de Zona Fría hacia el precio del gas natural y del gas propano distribuido por redes.
El nuevo esquema también elimina de la ley la referencia a una reducción fija del 50% sobre los cuadros tarifarios plenos. En su lugar, será el Poder Ejecutivo el que determine el alcance y las condiciones de aplicación del beneficio.
La incidencia de este cambio puede observarse al considerar cómo se conforma una factura residencial en la provincia. Sobre una estructura de referencia, aproximadamente el 68% corresponde al precio del gas, mientras que la distribución representa cerca del 18% y el transporte el 3%.
Con el esquema anterior, la bonificación alcanzaba aproximadamente al 89% de esos componentes. Aplicado el descuento del 50% sobre esa base, la reducción representaba cerca del 44,5% del valor total de la factura. Si el beneficio queda concentrado en el precio del gas, el descuento sobre el total se reduciría a aproximadamente el 34%.
A partir de esa diferencia, un cálculo realizado sobre la estructura tarifaria actual permite estimar una variación cercana al 19% en el monto que abona un usuario residencial en la isla, siempre que los restantes componentes permanezcan sin cambios.
Ese porcentaje no constituye un aumento establecido por la nueva ley. El impacto final sobre las facturas dependerá de las condiciones que determine el Poder Ejecutivo y de la evolución de los distintos componentes tarifarios.
OTRAS MODIFICACIONES DE LA LEY
La iniciativa sancionada por el Senado también establece modificaciones en materia eléctrica. Entre ellas, contempla un mecanismo para determinar y compensar diferencias de ingresos de distribuidoras y transportistas vinculadas con leyes de emergencia tarifaria.
Para las distribuidoras, la compensación se aplicará sobre deudas con CAMMESA, mientras que para las empresas transportistas contempla la compensación de penalidades contractuales, condicionada al desistimiento de reclamos judiciales o administrativos vinculados con esas obligaciones.
Además, la norma extiende hasta el 31 de diciembre de 2045 la exención de determinados tributos, cánones o regalías vinculados con el acceso y utilización de fuentes renovables de energía.
En materia de gas natural, también modifica el mecanismo de traslado a las tarifas del costo de adquisición del gas y establece su traslado automático cuando ese costo surja de procesos competitivos, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Poder Ejecutivo.




