El Gobierno de Tierra del Fuego dispuso suspender la ejecución del Decreto 717/26, mediante el cual se había hecho lugar parcialmente a un planteo formulado por el Municipio de Río Grande respecto de los criterios utilizados para determinar los coeficientes de distribución de los impuestos provinciales. La medida alcanza un expediente iniciado a partir de una impugnación del Municipio de Río Grande y posteriores planteos de Ushuaia.
La decisión quedó formalizada a través del nuevo Decreto Provincial 1561/26 firmado por la vicegobernadora Mónica Urquiza, en ejercicio del Poder Ejecutivo. El antecedente del conflicto se remonta a una Resolución del Ministerio de Economía de 2025 (957), que había fijado los coeficientes de distribución de los impuestos provinciales correspondientes al ejercicio 2025, tomando como referencia la información de recaudación municipal del año 2024.
Según consta en los fundamentos del nuevo decreto, el Municipio de Río Grande impugnó esa resolución al considerar que la deducción aplicada en concepto de “contribución por mejoras” resultaba arbitraria e ilegítima y afectaba su autonomía económica y financiera, además del principio de legalidad tributaria.
Como consecuencia de esa presentación, mediante el 717/26 se resolvió hacer lugar parcialmente al planteo de Río Grande y revocar el acto cuestionado únicamente en el tramo correspondiente a la plusvalía efectivamente devengada y percibida. Sin embargo, durante la continuidad del trámite surgieron nuevos cuestionamientos vinculados con la forma en que debían calcularse los coeficientes de distribución.
La decisión no modifica por sí misma los coeficientes de distribución ni establece un nuevo esquema de coparticipación, sino que deja en suspenso la ejecución del Decreto 717/26 mientras continúa el análisis administrativo de la cuestión.
NUEVO CALCULO DE RECURSOS
El Ministerio de Economía solicitó la intervención de la Secretaría Legal de Gobierno y se planteó la necesidad de aclarar si el mismo criterio debía aplicarse a la contribución por mejoras correspondiente al Municipio de Ushuaia.
Paralelamente, el Municipio de Río Grande solicitó al ministro de Economía que informara si ya se había dictado el acto administrativo destinado a aprobar los nuevos coeficientes derivados del 717 o, en su defecto, que se realizara el cálculo correspondiente y se emitiera la resolución respectiva.
Hubo al mismo tiempo una presentación del Municipio de Ushuaia, que formuló una impugnación institucional contra el Decreto Provincial 717/26. En concreto, el municipio solicitó la nulidad absoluta del acto y requirió también la suspensión de sus efectos en los términos previstos por la Ley Provincial 141.
Ante este escenario, volvió a intervenir la Secretaría Legal de Gobierno que emitió un Dictamen y consideró que correspondía suspender la aplicación del Decreto 717/26, invocando las facultades previstas por el artículo 107 de la Ley Provincial 141 y, específicamente, razones de interés público. El Ministerio de Economía tomó intervención en el procedimiento.
Según se lee textualmente en el documento oficializado ayer, El artículo 1°del nuevo decreto establece expresamente “suspender la ejecución del Decreto Provincial Nº 717/26”, en los términos del artículo 107, incisos b) y d), de la Ley Provincial N.º 141, a partir del dictado del nuevo acto administrativo".





