El Tribunal Oral de Río Grande condenó este lunes a Marcos Oyarzún a tres años de prisión efectiva por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada contra su expareja. El veredicto llegó tras tres jornadas de juicio oral en las que se reconstruyó un hecho de violencia de género ocurrido en 2021, cuando el acusado habría subido por la fuerza a la víctima a su vehículo y la mantuvo encerrada contra su voluntad.

El tribunal estuvo integrado por los jueces Eduardo López, Verónica Marchisio y Natalia Buitrago. La fiscal de Género, Mónica Macri, había solicitado cuatro años y medio de prisión efectiva y tratamiento psicológico con perspectiva de género. La defensa, a cargo de Federico Buzzerio y José Luis Álvarez, había pedido la absolución argumentando que el hecho no estaba probado.

Según la acusación, Oyarzún, de 29 años, mantenía una relación de siete meses con una joven que trabajaba como empleada en la heladería de su familia. La pareja había comenzado con un embarazo y, de acuerdo al relato de la víctima, la relación se tornó violenta: aislamiento de su familia, control del dinero —él cobraba su sueldo y ella debía rendirle cuentas—, control de redes sociales, celos y agresiones.

El episodio que derivó en la causa ocurrió cuando la joven decidió terminar la relación. En ese momento, Oyarzún la habría subido por la fuerza a su vehículo y la mantuvo encerrada contra su voluntad. La víctima logró salir luego de que una vecina que presenció la escena en la vía pública llamara al 101.

Tras la denuncia se dictaron medidas de restricción, custodia policial y finalmente tobillera electrónica. Sin embargo, el imputado fue detectado violando la perimetral en cinco oportunidades, hasta que en 2025 fue detenido y quedó con prisión preventiva. Así llegó a juicio, acusado también de incumplir reiteradamente las prohibiciones de acercamiento.

Durante la primera jornada del debate, el 13 de octubre, Oyarzún se negó a declarar. Sí lo hizo la víctima, identificada como Nazarena, que describió el hostigamiento permanente desde 2021. También declararon peritos psicólogas y trabajadoras sociales del Poder Judicial.

El miércoles 14 continuó el juicio con testimonios clave. Declaró la madre de la víctima, quien contó que su hija se había distanciado de la familia y que se enteró de lo sucedido por otra de sus hijas. También declararon una psicóloga particular que atendió a la joven en 2023 —que observó angustia y ansiedad por los constantes incumplimientos— y una abogada de la Defensoría Municipal de la Mujer que intervino en 2021.

El momento más tenso fue con la vecina que en 2021 había llamado al 101 para alertar que una mujer era subida a un auto a golpes. En el juicio, esa misma mujer dio una versión totalmente opuesta a la inicial. Ante la contradicción, la Fiscalía solicitó que se la investigue por posible falso testimonio.

El jueves 15 hubo un giro cuando Oyarzún pidió declarar por primera vez. Negó los hechos tal como figuran en la denuncia, habló de "calumnias", reconoció que la relación era conflictiva y con celos, y aseguró que aún no pudo conocer a su hijo, nacido luego de la separación. La defensa presentó además a dos vecinos —que solo dijeron que no había denuncias por ruidos molestos— y a su psicóloga particular, que refirió que sufre ansiedad.

Este viernes 16 fueron los alegatos. La fiscal Macri sostuvo la acusación por privación ilegítima de la libertad agravada y pidió cuatro años y medio de prisión efectiva más la obligación de realizar tratamiento psicológico. Además, reiteró el pedido de investigar a la testigo del 101 por falso testimonio. La defensa pidió la absolución y, en forma subsidiaria, que en caso de condena fuera de ejecución condicional.

Tras escuchar el veredicto, la fiscal Macri señaló que "se comprobó el delito de privación ilegal de la libertad, conforme fuera solicitado por la fiscalía". Aunque la condena fue menor a lo solicitado, está dentro de la escala penal prevista para el delito. Los fundamentos escritos del fallo se conocerán en los próximos días.

La fiscal explicó que durante el alegato era necesario contarle al tribunal el contexto en el que padeció la víctima todos estos años, incluyendo el no acatamiento de órdenes y los traslados entre ciudades sin avisar. "Ellos tenían que conocer este comportamiento porque no es autónomo el hecho. Esto pasó dentro de un contexto de violencia totalmente acreditado", indicó.

Respecto del futuro de la víctima, Macri señaló que se comunicará con ella para explicarle las medidas que van a salir respecto a su seguridad. "De momento el señor Oyarzún va a continuar en la unidad", agregó.

Esta causa fue la que originó un cambio de paradigma respecto de las consignas policiales, que pasaron de acompañar a las víctimas a custodiar a los victimarios. "Se había decidido que la consigna esté con Nazarena. Obviamente esto es perjudicial para la víctima tener un personal policial que la acompaña. En esta vuelta recayó sobre el victimario y después la tobillera electrónica y después obviamente su detención porque no acataba órdenes", explicó la fiscal.

Sobre el pedido de Oyarzún de ver a su hijo, la fiscal indicó que eso tramita en el fuero de familia. "Un juez civil le manifestó: esta no es la vía para pedir poder mantener comunicación con tu hijo. Serán los abogados quienes van a tener que ver cómo hacen este pedido con respecto a su niño que ya tiene cuatro años", concluyó.