El Gobierno nacional modificó la Ley de Ministerios a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 771/2026, publicado este jueves, estableciendo nuevos alcances para las competencias de los ministerios de Salud y Economía. La norma incorpora por primera vez de manera explícita a la ludopatía dentro de las políticas sanitarias nacionales.
A partir de esta modificación, el Ministerio de Salud tendrá entre sus funciones el diseño y la ejecución de políticas públicas destinadas a la prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral de la ludopatía. La medida fue fundamentada en la necesidad de fortalecer las herramientas destinadas a atender las conductas vinculadas con el juego y las apuestas.
El decreto apunta especialmente al crecimiento de las modalidades digitales o los llamados casinos online. Según los considerandos de la norma, información del Observatorio Argentino de Drogas correspondiente al Séptimo Estudio Nacional sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en Estudiantes de Enseñanza Secundaria Argentina 2025 mostró que más de una cuarta parte de los estudiantes consultados manifestó haber realizado apuestas con dinero durante el último año.
El Gobierno señaló que la prevalencia es significativamente mayor en las modalidades desarrolladas a través de plataformas digitales. El decreto considera a la ludopatía como un trastorno que puede afectar la salud mental, la economía personal y familiar, las relaciones sociales y el desempeño educativo y laboral.
El DNU también modifica las atribuciones de los ministerios de Economía y Salud en materia alimentaria y sanitaria. Economía tendrá entre sus competencias la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera, además del control de la sanidad, calidad e inocuidad de productos y derivados agroalimentarios, bebidas, aguas minerales, dietéticos y alimentos acondicionados.
Estas tareas abarcarán las distintas etapas de producción y transformación, almacenamiento, transporte, comercialización, importación y exportación. Por su parte, Salud conservará funciones de rectoría y normatización en materia de alimentos dentro de su ámbito de competencia.
El decreto también delimita la intervención de Salud sobre productos de higiene, tocador, cosmética humana y de uso doméstico. El Decreto 771/2026 entra en vigencia desde el día de su dictado y deberá ser remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con el procedimiento previsto para los decretos de necesidad y urgencia.





