La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso presentado por Transporte Roanmat contra la sentencia que ordenó restituir al Municipio de Tolhuin el predio de las Termas del Río Valdez. El máximo tribunal señaló que la presentación no cumplió con los requisitos formales establecidos y dispuso archivar la causa, por lo que la decisión del Superior Tribunal de Justicia provincial permanece vigente.
La resolución, fechada el 29 de octubre de 2026, corresponde al expediente "Municipalidad de Tolhuin c/ Transporte Roanmat S.R.L. s/ lanzamiento". La Corte consideró que la queja por la denegación del recurso extraordinario no había cumplido íntegramente con los requisitos establecidos en la Acordada 4/2007. Por ese motivo, desestimó la presentación y declaró perdido el depósito.
La decisión no analiza los cuestionamientos de Roanmat sobre el fondo del conflicto. Sin embargo, al cerrar esta vía de revisión federal, deja firme la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego que ordenó el lanzamiento de los ocupantes y la restitución del predio al Municipio. El fallo provincial había sido dictado el 16 de octubre de 2024.
La orden de desalojo se ejecutó el 11 de diciembre de ese año, cuando oficiales de justicia ingresaron al predio, realizaron un inventario y entregaron la tenencia a un depositario judicial designado por el Municipio.
Cabe destacar el fundamento del voto del doctor Ernesto Löffler, quien basó la decisión en la Ley 17.091 y en antecedentes judiciales que, a su criterio, ya habían dejado firme la obligación de restituir las termas al Estado. Con el rechazo de la queja, la Corte no revirtió ni suspendió aquella decisión.
El pronunciamiento despeja la incertidumbre que había generado la presentación ante el máximo tribunal nacional y consolida la vigencia de la orden de lanzamiento en el expediente.
El caso tiene como antecedente una disputa de más de dos décadas por el predio de unas 400 hectáreas conocido como Termas del Río Valdez. La resolución de la Corte cierra esta instancia del reclamo de Roanmat y ratifica, en términos procesales, que el fallo provincial de desalojo continúa en pie.




