La causa judicial por la muerte de Jorge Daniel Zapata, el ciclista de 33 años oriundo de Ushuaia que falleció tras ser arrollado por un camión durante una competencia sobre la Ruta Nacional N.º 3, registró un nuevo avance. La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones revocó la decisión que había rechazado la posibilidad de otorgar una suspensión del juicio a prueba, conocida como probation, a los dos organizadores imputados y dispuso que una jueza subrogante vuelva a analizar el planteo.

El hecho tuvo lugar el 1 de septiembre de 2019, durante una prueba organizada por el club O'Higgins, en el sector de Cabo Domingo, sobre la Ruta Nacional N.º 3. Zapata perdió la vida a pocos metros de la llegada, cuando intentaba superar a un camión que circulaba a baja velocidad.

Según los antecedentes de la causa, la competencia se desarrollaba en una jornada de intenso viento, con la meta ubicada al final de una subida y cerca de una curva. En el tramo final, el ciclista habría experimentado un cambio brusco en la incidencia del viento lateral mientras sobrepasaba al vehículo, perdió el control y terminó debajo de las ruedas del semirremolque.

Ver más Contacto con noticias Eventos en Río Explorar destinos El episodio ocurrió ante la presencia de asistentes a la competencia y derivó en una investigación penal para determinar las responsabilidades por la organización del evento.

La investigación por homicidio culposo dejó fuera de la causa al camionero, quien fue sobreseído tras establecerse que había seguido las indicaciones correspondientes.

El reproche penal se concentró entonces en dos integrantes de la organización: Lucy Liliana Toledo, dirigente del club, y Alejandro Sergio Barría, titular de la subcomisión de ciclismo.

Las defensas de ambos imputados y la Fiscalía acordaron solicitar una suspensión del juicio a prueba. Sin embargo, la propuesta encontró la oposición de la familia de Zapata y fue rechazada por la jueza de Ejecución Natalia Buitrago.

En las últimas semanas, la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, integrada por los camaristas Federico Vilella y Jorge Jofré, revocó la resolución que había denegado el beneficio y dispuso apartar a Buitrago de la causa.

Los magistrados ordenaron que el expediente pase a una jueza subrogante para que resuelva el pedido conforme a derecho. La decisión habilita la posibilidad de que los organizadores accedan a la probation, aunque no implica que el beneficio ya haya sido concedido.

La suspensión del juicio a prueba permite, bajo determinadas condiciones legales, evitar la realización del debate penal mientras se cumplen las obligaciones fijadas judicialmente. Entre ellas pueden establecerse una reparación económica para la parte damnificada y la realización de tareas o servicios comunitarios.

La nueva magistrada deberá analizar el planteo y resolver si corresponde conceder la medida en este caso.

La familia de Jorge Daniel Zapata manifestó su oposición a la posibilidad de que los acusados accedan a la suspensión del juicio a prueba. De acuerdo con los antecedentes del expediente, la resolución de la Cámara permite que el planteo continúe su trámite pese a esa objeción. Por otra parte, los familiares conservan la posibilidad de acudir a la instancia civil para reclamar un resarcimiento económico por las consecuencias de la muerte del ciclista.

Entre los fundamentos de la resolución, los camaristas citaron un antecedente judicial relacionado con otro siniestro fatal ocurrido sobre la misma ruta. Se trata del choque registrado el 26 de febrero de 2023, en el sector de la estancia El Relincho, al norte de Tolhuin. En aquella oportunidad, un Toyota Corolla conducido por Juan Cruz Tornabene colisionó de frente con un vehículo Chery que circulaba desde Ushuaia y cuyo conductor había recogido a dos turistas belgas que viajaban a dedo.

Como consecuencia del impacto, Justine Marie Dejemeppe sufrió lesiones que le provocaron la muerte. El hecho dio lugar a una causa penal que, según los antecedentes citados en el expediente, se resolvió en 2025 mediante una suspensión del juicio a prueba para el conductor imputado.

En ese caso, las condiciones incluyeron el pago de un millón de pesos en conjunto para la familia de la víctima y los otros dos heridos sobrevivientes, la realización de 100 horas de tareas comunitarias y un curso de educación vial.

La resolución sobre el caso Zapata no determina la responsabilidad definitiva de los organizadores ni concede automáticamente la probation. El expediente deberá ser analizado por una nueva jueza, que tendrá que resolver si corresponde aplicar esta herramienta legal y bajo qué condiciones.

Mientras tanto, la causa vuelve a poner el foco en las responsabilidades vinculadas con la organización de competencias deportivas sobre rutas nacionales y en las consecuencias judiciales de los siniestros viales con víctimas fatales.