
La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó por unanimidad la Ley Benicio, que permite inscribir con nombre y apellido a los no nacidos que fallecieron dentro del vientre materno. La ley crea un Registro de Defunciones Fetales en el ámbito del Registro Civil, donde los padres o abuelos pueden solicitar la inscripción del no nacido de manera voluntaria.
- La inscripción se puede realizar dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento.
- Los padres pueden solicitar la inscripción de manera conjunta o indistinta. También pueden hacerlo los abuelos en caso de fallecimiento, desconocimiento del paradero o incapacidad de los padres.
La ley ha generado debate y controversia, ya que algunas organizaciones feministas consideran que podría colisionar con la Ley Nacional de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y vulnerar derechos sexuales y reproductivos.
El gobernador Gustavo Melella deberá decidir si promulga la ley tal como fue aprobada o atiende el pedido de veto parcial. La decisión final dependerá de su evaluación sobre la constitucionalidad y la conveniencia de la ley.
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